Mostrando entradas con la etiqueta alquiler. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta alquiler. Mostrar todas las entradas

2012/03/21

Sociedad Pública de Alquiler, descanse en paz

Hace unos días que la portavoz del gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, dio la lista de empresas y organismos oficiales que iban a desaparecer, en virtud de un esfuerzo ahorrador que ya podía haber aparecido hace tiempo.

Entre estos organismos estaba la Sociedad Pública de Alquiler, mencionada por aquí en alguna ocasión. Como tantas otras veces, su cometido es razonable sobre el papel, pero luego el funcionamiento deja luego bastante que desear.

Como muestra, este artículo que he encontrado de rebote. Cierto es que quien lo escribe es parte interesada, pero los datos son contrastables. Como resumen, una cuenta: si asumimos que su capital actual es 0 y dividimos el presupuesto inicial (20 millones de euros) entre el número de alquileres que han gestionado (19.038), obtenemos una pérdida de 1050 euros por alquiler. No de ganancia, ojo, de pérdida. Cabe suponer que conservarán cierto capital, pero también lo es que en 2008 estuvieron en quiebra y hubo que meter más dinero, así que lo mismo es incluso peor.

2011/03/12

La Sociedad Pública de Alquiler ya no juega

Voy con retraso. Lo leí hace ya unas semanas, pero seguro que sigue siendo de interés.

Resulta que lo que escribí sobre la Sociedad Pública de Alquiler entre otras opciones ya no vale. Decía entonces que la SPA, una vez alquilado el piso, se hacía cargo de pagar al propietario mientras el contrato estuviera vigente.

En la revista Inversión del 18 de febrero incluyen un artículo hablando de una propietaria, que firmó en 2008 un contrato con la SPA tal y como yo contaba. En enero de este año recibe una carta en la que se le informa de la rescisión unilateral de ese documento: «Entendemos que la situación actual del mercado del alquiler ha producido un manifiesto desequilibrio entre las prestaciones establecidas para ambas partes, por lo que nos vemos obligados a redefinir los términos del contrato».

La versión que le proponen firmar ahora garantiza el pago de rentas mientras el piso esté ocupado. Y no es que sea malo, pero quien firmó lo hizo con unas condiciones, y seguramente pagó la comisión inicial y ajustó el precio contando con ellas, así que no se pueden cambiar. Por mucho que las condiciones de mercado cambien: tal vez los propietarios firmaron este contrato, precisamente, para protegerse de ellas. Huele mal, a la vista de otras declaraciones del artículo:

El ex presidente de la SPA, Alejandro Inurrieta, quien dimitió de su cargo en mayo de 2008, considera que la ruptura de los contratos se ha realizado de manera completamente fraudulenta. Y en los mismos términos se ha manifestado la ex ministra de Vivienda María Antonia Trujillo, bajo cuyo mandato se creó este organismo.

[...] «La verdad es que se veía venir desde que fue nombrada Nieves Huertas, procedente de Sacyr Vallehermoso, al frente de la SPA», añade Inurrieta, quien se muestra pesimista, dado que adelanta una clausura de la Sociedad Pública del Alquiler, sobre todo si el PP gana las próximas elecciones generales. Y, en ese caso, los propietarios han de tener en cuenta que, según los contratos que han firmado, éstos tendrán una duración de cinco años «o, en su defecto, hasta que la Sociedad Pública del Alquiler se disuelva».

Si le afecta a alguien, se ha montado un grupo en Facebook. El plan es agruparse para poner una demanda colectiva. Según Cuatrecasas dicha demanda tiene alta probabilidad de éxito, aunque el proceso podría alargarse hasta 36 meses.

Me acuerdo de la expresión esa de No se vale, que ya usé en otro post, por cierto, de actualidad tres años después.

2011/01/09

Alquileres seguros, de nuevo

No es el primer artículo que escribo sobre este tema. Ya hablé del Plan Alquila de la Comunidad de Madrid, y también del PNAG (y por extensión, de Arrenta). De los segundos, el tiempo va dando muestras de que, siendo suaves, resultan poco eficaces. Y el Plan Alquila, la pega que tiene, es que resulta poco viable por lo incómodo (ambos posts tienen unos cuantos comentarios que apoyan esto).

Recientemente he alquilado piso; el inquilino (que ya había mostrado su interés en el piso dando señal) presentó sus papeles, y le dijeron que le darían respuesta en unos 25 días. O sea, que de la gente que va a ver tu piso eliges al que te cuadra (descartando a los demás), que probablemente quiere entrar cuanto antes. Y claro, le dices eso, se busca otro piso, y te quedas a dos velas.

Como solución intermedia hemos firmado un contrato por 2 meses y luego veremos. En este contrato, el inquilino declara no figurar en registros de morosos, y que la CAM acepte la documentación implica que pasa su filtro en cuanto a ingresos sobre precio del piso. Raro será que haya pegas.

He visto hace poco otras dos empresas que han tomado el testigo y ofrecen algo similar. La primera es Tranquiler: búsqueda y evaluación de inquilinos, seguro de impagos, elaboración de contrato y asistencia jurídica, inventario, gestión de reformas... Todo ello, salvo matices, por un precio mensual menor del 8% de la renta. Alquiler seguro parece ofrecer similar servicio, aunque su web resulta menos transparente y termina llevándote a contactar con un comercial. Tiene incluso un cierto aire de "vende-motos". Quiero suponer que, en cualquier caso, dado que sus ingresos dependen de tener clientes, ambas correrán un poco más que la Comunidad.

Buscando información he visto también que la SPAVIV recupera un sistema similar a uno ya usado hace años, y que en cierto modo echaba de menos. Las empresas anteriores "garantizan" el cobro de renta, pero son las aseguradoras las que realmente pagan si es necesario, y con un mes de carencia. Ninguna se implica "personalmente".

Lo que veo ahora en la Sociedad Pública de Alquiler es distinto. Es la Sociedad quien paga la renta al arrendador, incluso si el inquilino deja de pagar o abandona la vivienda sin resolución de contrato. Y cuando éste se va, se responsabiliza de dejar la vivienda como estaba al principio (el Plan Alquila puede hacer constar las deficiencias de la vivienda, pero no las arreglará). No llego a tener claro si el arrendatario firma un contrato con la Sociedad o con el inquilino, aunque será la primera la que pague. También actúa como intermediaria, ya que el inquilino se dirigirá a ella en primera instancia para cualquier reclamación.

¿La pega? La Sociedad determinará cuál es la parte del precio cobrado que abonará al propietario, tras detraer la parte que considere para cubrir el coste de los servicios ofrecidos. Hay una serie de detalles que no aparecen (de hecho, muchas de las pestañas de la web aparecen "en construcción"). Y como siempre, el problema de los plazos. Dudo que tengan exclusividad, pero la visita de su técnico cuesta 30€, que se recuperarían al formalizar el contrato después. Si el precio que cobran es igual o ligeramente mayor al de un seguro, puede ser buena opción.

2009/06/23

Pobrecitos y Caraduras

El mundo del alquiler de vivienda es de lo más entretenido. Más allá de las vicisitudes que le puedan ocurrir a uno, que trata de ser legal y de que lo sean sus inquilinos, o a los conocidos, que en mayor o menor grado están en lo razonable.

Estoy pensando en lo que hay por ahí fuera, por el mundo. Se decía antes que en la mili es donde se veía lo que había ahí fuera, porque uno se relacionaba con gente de todos los estratos sociales, educativos, etc. Ya no la tenemos. Ahora podemos visitar páginas que hablan del mundillo del alquiler, donde la gente escribe, pregunta, opina.

Es allí donde encontramos, por ejemplo, al pobrecito:

¿Es normal que me tenga que hacer cargo del perro de mi casero?

Tengo derecho a la ayuda de alquiler. Tengo contrato y recibos de pago pero el casero me dijo que si lo declaraba a hacienda me tenía que subir el alquiler

Tengo que decir que lo segundo, aun siendo una sinvergonzada que ningún inquilino tiene por qué aguantar, es tristemente habitual. Pero lo primero me parece ya surrealista. Lo siguiente será que el propietario le deje a los niños cuando quiera salir de fiesta.

Pero también, e incluso aunque no tenga que ver directamente con el alquiler, encontramos al caradura:

¿Pueden mis padres exigirme que les pague un alquiler por vivir en su casa?

Quería saber si mis padres pueden obligarme a pagarles un alquiler mensual por vivir en su casa, y de cuánto dinero sería, tengo 23 años.

Que digo yo que si pregunta es que, o se lo han pedido, o se lo van a pedir. Y que debe de estar por la labor de decirles que nanay, que según la ley, o que cualquier otra cosa.

Los comentarios son de lo más variado. Empezaron en la línea de si te lo piden será que puedes, y si no te gusta, ya sabes dónde está la puerta. La de Lo que me sorprende es que te tengan que obligar, y que no salga de tí el ayudarles en la economía familiar, viviendo con 23 años aún en su casa y chupando del bote. Te debería dar vergüenza hasta preguntarlo. Y alguna otra de esa índole.

¿Os parece caradura? ¿No? A lo mejor también opináis como este comentarista:

Hola, muy buenas.
Uf, pagar alquiler en casa..... que horror, seamos egoístas, sino me quieren en casa que hace 28 añitos no se lo hubieran pasado bien y no hubieran echo una nena.
Surgimos del amor de dos personas, qué pasa que nos traen a este mundo para que puedan vivir a nuestra costa??
Nuestro dinerito en nuestro, y sino, que nuestros papis hagan como los míos, mes a mes un granito de euritos que tengo en el banco, no es un alquiler, pero sí que tengo para iniciar mi hipoteca, eso es una familia, los que te ayudan, no los que te sacan hasta las entrañas.
Ayudar en casa, por su puesto, pero que salga de uno mismo, no de una obligación.

¡Juventud, divino tesoro! Ya lo decía un profe mío: de pequeñitos dan ganas de comérselos. Cuando crecen, te arrepientes de no habértelos comido. ¡Y estudiad ortografía, leñe!

2009/05/13

Fin de desgravación por comprar vivienda

Fue una de las pocas cosas de quitar que salieron en el Debate sobre el Estado de la Nación de ayer, que muchos comparaban con una tómbola donde había para todos. Consiste en eliminar la deducción por inversión en vivienda habitual para las adquisiciones que se produzcan a partir de 2011, y para quien tenga unos ingresos superiores a 17000 euros anuales.

Hoy ya hay noticias que hablan sobre las críticas a dicha medida. Es evidente que mucha gente que tuviera previsto esperar al bajón de precios y comprar después estará temblando. No es que lo regalen, pero una ayuda de entre 1400 y 2200 euros al año viene mejor que bien.

Quiero pensar, y parece ser, que la norma no tendrá efecto retroactivo. O sea, que las viviendas compradas hasta hoy podrán aprovechar la reducción hasta que se termine de pagar el préstamo. No es que me toque directamente, pues ahora mismo no me corresponden. Pero me parecería una guarrada que quien haya elegido comprar una vivienda contando con esta ayuda se vea ahora privado de ella, sin poder cambiar su elección.

Entre otras cosas, dice la noticia que cito:

Zapatero ha asegurado que, si se quedaran "de brazos cruzados", con los tipos de interés bajos, volvería la expectativa de incremento de la demanda de viviendas, lo que elevaría los precios, y los ciudadanos dedicarían de nuevo sus ahorros a un sector de los menos productivos.

Y yo me quedo pensando en las inmobiliarias, en las constructoras, incluso en los bancos que se han metido ahora a inmobiliarias. ¿Cuánto tardarán en volver a llorar, para que el Gobierno apruebe ayudas para la compra de pisos? Al fin y al cabo, es lo que se lleva ahora.

Pero luego he pensado otro poco, y tal vez la medida pueda contentar a todos: entraría en vigor en 2011, de modo que habrá quien corra para comprar antes de esa fecha y amarrar la reducción.

Visto así parece casi una subvención disfrazada. Si realmente quieren favorecer el alquiler (como sugiere la noticia en cuestión) tendrán que inventar otra cosa.

2009/01/25

Plan Alquila

Hace tiempo escribí un post hablando de las distintas alternativas de protección de alquiler que había disponibles. Terminé centrándome en el PNAG, del que he vuelto a hablar en alguna otra ocasión.

Otra opción que siempre ha habido, de uno u otro modo, son los distintos planes oficiales. En este caso, le toca al Plan Alquila de la Comunidad de Madrid.

Me leí la información que hay en la página, y coincidió justo que, ese mismo día, el autobús informativo me quedaba cerca.

En el autobús me dieron un folleto y un boli, me contaron lo que había en el folleto, pero no supieron responderme a preguntas adicionales.

A últimos de diciembre me pasé a inscribir el piso. El alquiler no es lo que era hace un año, parece que sobran los pisos y la competencia se nota. Por otra parte, parece interesante lo que se ofrece.

Ya allí me dio la sensación de haber topado con la Administración. Cola para preguntar, rellena este papel, cola para dejarlo, te faltan tales fotocopias. Al edificio de al lado donde, tras pasar el arco de seguridad, llego a la fotocopiadora de monedas. El tiempo que hacía que no me veía con una de estas...

Por suerte tengo monedas, así que las hago. Otra vez me toca esperar, me invitan a sentarme. Prefiero estar de pie, visible. Me invitan de nuevo a sentarme. Y yo, que soy de naturaleza pacífica, me siento.

No mucho después una chica habla con la de antes, y me invita a pasar. Repasamos los datos, los pasa al ordenador (¿no sería más fácil que se los hubiera dictado, y haber firmado una copia impresa?) y hablamos poco más.

Me cuentan que en Pinto no tienen muchos demandantes, así que mejor será que me los busque yo; no hay ninguna exclusividad, de modo que puedo mandarles aquí y aprovechar de todos modos las ventajas del plan.

Ah, y que una fotocopia de las que he hecho no sirve, que tendré que llevar otro papel. Salgo justo a tiempo de que caduque el ticket de aparcamiento...

Tras un tiempo transcurrido y alguna conversación puedo leer entre líneas lo que dice el folleto, y pierde un poco. Veamos qué pone y qué quiere decir:

En efecto elaboran el inventario, pero si al final no está como al principio, ya es cosa tuya reclamarlo. Hace poco fueron a hacerlo; rellenan una hoja tipo y le sacan unas fotos. Nada que no pueda hacer uno mismo.

Ya he dicho qué tipo de asesoramiento me dieron: búscate inquilinos, que nosotros no tenemos.

La búsqueda, nada. Sí que reciben los datos de los "aspirantes" y les hacen un análisis, imagino que según ingresos de nómina + RAI, ASNEF, CIRBE, etc. Sospecho que, tras el filtro de recoger la documentación necesaria, delegarán en la aseguradora, en realidad.

No elaboran nada, el contrato está elaborado y disponible en la web. Si te gusta, puedes imprimírtelo y usarlo sin más.

Parece que es alguien con nombre y apellidos, pero no. Tú llamas, das tu número de expediente y te pasan. Miedo me da que haga falta.

El seguro lo pagan dos años, y a partir de ahí cobran un 4% de la renta. Está condicionado a la aprobación de solvencia de los inquilinos, de ahí la sospecha de antes. No puedes elegir seguro ni leer las condiciones.

Muy ambiguo, sobre todo teniendo en cuenta el punto 13. Quizá consista en que puedas llamar a un teléfono de "Asistencia jurídica". Que, sospecho de nuevo, será de la aseguradora citada. Y me temo que ofrece cosas que no podrá cumplir.

Este parece que sí lo pagan. No recuerdo que me pusieran límite en el tiempo, aunque me cuadra poco.

Vale, este sí. Aunque tampoco creo que aporte mucho.

El contrato lo han escrito ellos, así que pocas dudas podrán surgir. Máxime cuando es un contrato cerrado.

Bien para quienes no sepan nada de esto, pero de poca ayuda para quien se haga habitualmente su declaración de IRPF, y menos para quien delegue en un profesional. Si me apuras, puede que se limiten a entregar un modelo para certificar los ingresos y edad del inquilino.

Quien necesite hacer obra podrá beneficiarse. No sé hasta dónde llegará el servicio; apostaría a que nos darán uno o varios teléfonos de empresas que lo hagan y nos permitirán financiar el coste, pero seremos nosotros quienes tengamos que estar encima.

El arbitraje tiene los problemas ya citados al hablar del PNAG. Y si hay que recurrir al árbitro, tendremos que pagarle, y no podremos elegir (lo pondrá la Comunidad).

Este punto sí es ventajoso. Aunque, dentro de lo inconveniente de tener que realizar la gestión, la gente del IVIMA me parece bastante más eficiente, menos "burocrática". Tal vez tratar con ellos sería más fácil que recurrir a la Comunidad.

En resumen: quien tenga un piso abandonado, en el estado que sea, y nunca se haya planteado alquilarlo por no meterse en líos, puede encontrar cierto aliciente aquí, pues dan hechas muchas cosas. Fáciles si uno sabe hacerlas, pero tal vez decisivas para quien no quiere saber de estos temas. Eso sí, tendrá que ocuparse de enseñar el piso a los posibles inquilinos, elegir, encargarse después del día a día.

Otra cosa que me resulta rara, desde el principio: alguna de las cosas que se ofrece puede ser necesaria no ahora, sino dentro de varios años. Pago de seguros de alquiler o multirriesgo, arbitraje, disponibilidad del gestor. Pero no se firma ningún tipo de acuerdo entre el propietario y la Comunidad; teniendo en cuenta la volatilidad de estos planes, ofrece poca seguridad.

Y por otra parte, si para alquilar el piso, y una vez que tengo inquilinos, tengo que pedirles que vayan a la oficina del Plan Alquila, entreguen documentación, contesten los otros, den cita para firmar... Si el inquilino no se ha aburrido antes y se ha buscado otra vivienda, como poco se pierde un mes.

2008/12/06

Arbitrajes: por fin los medios miran por sí mismos

Hace medio año escribí un post acerca de las distintas posibilidades de "atar" un arrendamiento, para que en caso de topar con un inquilino indeseable tuviéramos alguna facilidad de librarnos de él.

Entre ellas, me centraba en las distintas soluciones de arbitraje (principalmente PNAG, de la Corte de Arbitraje, y el producto equivalente de AEADE), consistentes en adjuntar al contrato de arrendamiento un anexo, que obliga a las partes a renunciar a la vía judicial y someterse a arbitraje en caso de conflicto. Este anexo tiene un coste pequeño, y establece unas condiciones con las que se podrá acceder a ese arbitraje en caso de que sea necesario.

Me quejaba de la poca información objetiva disponible. Todo teorías que, al igual que yo elaboré, también planteaba otra gente. Ya en ese momento hacía casi un año que había recogido información del PNAG, así que incluso para llegar ahí hizo falta tiempo.

Hoy, por primera vez, veo que en su edición de ayer El País habla de arbitraje. Y no se limita a propagar el mensaje de las empresas que comercializan estos productos, sino que ofrece algo más. Y las conclusiones a las que llega son similares. Huele raro cómo se venden, dando la impresión de que se trata de algún organismo oficial. Ayer mismo (vuelvo a buscar inquilinos) una agencia me ofrecía el PNAG, "un arbitraje de la Comunidad de Madrid". Le expliqué, y me dijo que agradecía la explicación, que desconocía que no fuera así. Lo que no sé es si son los del PNAG los que venden la moto, o es la agencia la que se hace la sorprendida.

Lo más interesante es que ya hay algunos casos en los que se ha recurrido al arbitraje. Y hay de todo. Los casos más favorables son aquellos en los cuales el inquilino, al ver el laudo, decide irse. Pagar meses pendientes y gastos de suministros... eso es ya más difícil.

El laudo, en principio, no tiene más fuerza. Si el inquilino no hace ningún caso, sólo nos queda la justicia ordinaria. Con la ventaja, eso sí, de que no hay que pasar todos los trámites de juicios, recursos, etc. Si el laudo vale (alguno ha sido anulado), se puede pasar a ejecutar directamente.

En resumen: no es que sea tan malo, pero tampoco es tan bueno como nos lo pintan. El problema es que, a la hora de firmar, no hay dónde conseguir información. Mucho ojo...

2008/11/04

¿Compensa hacerlo bien?

Tiene ya unos cuantos días [en] este post, que me dejó con ganas de escribir algo al respecto. Y por fin me lanzo, después de oír esta mañana que "El Gobierno concederá una moratoria del pago de hipoteca a desempleados y autónomos" (enlace).

En el artículo de octubre, su autor se preguntaba si no sería buena idea dejar de pagar la hipoteca. Habla de los planes de disponer de dinero público para ayudar a los propietarios. John McCain habla, más concretamente, de recomprar hipotecas y ayudar a los "propietarios en apuros" a renegociar un interés razonable y fijo. Incluso renegociando el importe para tener que pagar no lo que se deba, sino sólo lo que valga la propiedad.

Entonces el autor se plantea qué ocurre con quienes lo han hecho bien. Él, por ejemplo: compró su casa hace bastantes años, con una hipoteca bastante apañada. Nunca ha dejado de pagar, aunque a veces haya sido difícil. No ha refinanciado ni usado su vivienda como fuente de dinero.

Ahora su vivienda vale un 15% menos que cuando la compró, y tendrá suerte si no pierde dinero cuando la venda. Piensa incluso en alquilarla, y alquilar él mismo otra más grande.

Pero se plantea también otra opción: ¿y si se queda en su casa y deja de pagar la hipoteca? De momento, no le echarán. Habrá una moratoria sobre los embargos, así que puede guardarse el dinero en el banco y ahorrar para una nueva casa.

También, si deja de pagar, pasará a la categoría de "propietario en apuros". Lo que significa que el Gobierno vendrá al rescate. Su deuda se reajustaría al valor de su casa, y probablemente a un menor interés.

Todo esto son ideas, supongo que la cultura de "hacerlo bien" es tan fuerte que esta opción no es planteable. Pero cuesta aceptar que el sistema premie a quienes no han hecho lo más conveniente. No había obligación de endeudarse más allá de las propias posibilidades. Ahora, la gente que lo hizo, recibe ayuda.

Obviamente, hay excepciones. Hay gente que, habiendo hecho cosas razonables, ha perdido el trabajo, o que por cualquier otro revés de la fortuna ha visto aumentar sus gastos de forma anormal. Pero los que se han endeudado hasta las cejas, los que buscaban dinero rápido, los pasapisos... que apechuguen.

Volviendo a España: aquí, al menos, se restringe el ámbito de los posibles beneficiarios. Las condiciones parecen razonables, pero seguro que no falta quien exprima la ley en beneficio propio, como con las ayudas de alquiler.

2008/05/28

Prius de alquiler

Una pregunta que me hice hace tiempo es qué posibilidad habría de probar un Prius antes de lanzarse a comprarlo. Por mucho que todo el mundo hable maravillas, lo de que se trate de un coche distinto a los demás... en fin, que se queda uno más a gusto habiéndolo probado.

La respuesta más fácil es pedir una prueba en un concesionario. Pero igual no lo tienen, o te lo van a intentar vender, o sencillamente (mi caso) la prueba consiste en dar una vuelta a la manzana. Supongo que si tiene algo horrible a lo mejor lo ves, pero en tan poco tiempo no es fácil encontrarle virtudes o defectos, salvo que sean enormes.

La opción más completa, aunque pueda salir algo más cara, es alquilar uno. Aprovechando unas vacaciones en las que, de otro modo, alquilaríamos coche, o incluso en la propia ciudad de residencia, un día, o un fin de semana.

Hace aproximadamente un año, en muchos sitios se leyó la noticia de que Hertz había incorporado 75 vehículos Prius a su flota en España.

Hace un rato he entrado en su página web y, a pesar de que afirman que "en la mayoría de las oficinas de Hertz que ofrecen Green Collection, el Toyota Prius es modelo garantizado", he podido en un par de capitales seleccionar "Green Collection" sin que apareciera ningún Prius. Tal vez hablando con ellos se pueda averiguar más.

De Europcar sé, por lo que me ha contado alguien que lo sabe, que tienen alguno en Barajas (en T1, ojo). Si entramos en su web podemos llegar a ver un Prius dentro de los modelos automáticos. Pero tampoco he sido capaz de ver uno alquilable, a pesar de la nota de prensa publicada el pasado viernes en varios diarios.

He tenido algo más de suerte (a la segunda) con Ownerscars. Operan en Menorca y ofrecen Prius. Por ejemplo, disponer de uno para el próximo fin de semana nos saldría por 176 euros (precio base, supongo).

En Auriga Crown, a pesar de lo que dicen, entrando en la pestaña de Flota parece mostrar todos los coches disponibles, entre los cuales no está el Prius.

En fin, que está difícil. Alguna opción hay pero, si queréis intentarlo, preguntad en las propias compañías y con tiempo. La verdad es que, a la vista de todo lo que se cuenta, parece una opción interesante para ofrecer. Se trata de un coche de gama media-alta, cuyo motor parece difícil de maltratar, que invita a una conducción tranquila, con una buena fiabilidad y un mantenimiento bajo. La pega es, tal vez, que quienes quieran pagar lo mínimo no lo elegirán, y quienes estén dispuestos a pagar lo que sea elegirán otro tipo de coche.

Aún no es suficientemente conocido como para que haya mucha gente que busque un Prius para darse el capricho, para probarlo o, simplemente, porque como dicen los más fanáticos, una vez que has conducido uno ya no quieres conducir otra cosa.

Ya tengo el mío, pero aún no ha pasado el tiempo suficiente como para hablar más que de oídas.

2008/05/20

PNAG, alquileres no tan seguros

Hace algo menos de un año me planteé alquilar un piso, y estuve indagando acerca de las defensas existentes ante posibles inquilinos morosos. Básicamente había tres opciones:

  • Seguro de impago, a través de diversas aseguradoras

    Por un 5 - 7% del alquiler te garantizan 12 mensualidades y abogados, en caso de que fueran necesarios.

  • Planes oficiales, como el de la Sociedad Pública de Alquiler u otras Agencias Municipales

    En ese momento cedías tu vivienda a la agencia en cuestión, con quien firmabas el contrato por 5 años. Los precios tendían a ser inferiores, pero a cambio te podías desentender. Ahora parece que actúan de intermediarios y, a cambio de obligarte a tener todos los papeles en regla, te regalan un seguro de los anteriores.

  • Adhesiones al sistema arbitral, como la propuesta por PNAG

Esta última propuesta es la que ofrecían un par de empresas, si no recuerdo mal, aunque la de PNAG es la más "potente".

Este producto, que ha conseguido una enorme cobertura mediática, parece bastante atractivo. El "Plan Nacional de Alquiler Garantizado" consiste en la anexión al contrato de alquiler de un impreso de "Garantía de alquiler". Este impreso, en resumen, viene a obligar a las partes a recurrir al arbitraje para la resolución de cualquier conflicto.

El arbitraje es una vía alternativa al sistema judicial. Con ella se recurre a un árbitro, que estudia el conflicto entre las partes y emite un laudo de obligado cumplimiento. Al no haber posibilidad de recurso, el proceso es más rápido y el trámite más sencillo.

Da la impresión de que para esto no haría falta comprar ningún impreso a nadie. PNAG cobra 52 (el año pasado eran 42) euros por su impreso. ¿Qué es lo que nos vende? Será algo más que un papel...

Resulta raro que, si lo que vende no es el papel, sea imposible encontrar el contenido de éste en internet. Si fuera un servicio lo que están vendiendo, mostrar el contrato de ese servicio sólo puede ser bueno.

Supondremos entonces que lo que se vende es la disponibilidad, el servicio de arbitraje en caso de que sea necesario. Que tampoco del todo, pues el condenado por el laudo deberá abonar 145 euros.

Y también se me hacía raro que PNAG garantizase una serie de cosas que no veía cómo podrían hacer cumplir. Una vez dictado el laudo, ¿quién lo ejecuta? Dado que no son ellos, no está en su mano ofrecer garantías.

En fin, que algunas cosas no me terminaban de quedar claras. Y no veía ningún sitio donde aclararlas, pues toda la información que veía, en internet o fuera, venía de ellos. Han conquistado a los medios de comunicación (múltiples menciones en prensa, todas repitiendo el mensaje de la empresa) y a las agencias inmobiliarias.

Como única nota negativa encontré la noticia de que Mario Navarro Rubio Rodríguez, el "jefe" de PNAG, fue imputado en un procedimiento de desahucio. Vaya, qué ironía. El caso es que no me terminó de convencer.

Buscando ahora veo alguna opinión crítica, especialmente aquí. Pero lo que me anima a escribir este post es la página de la que he sabido hace poco, la de El látigo.

En ella se habla (despotrica sería tal vez más adecuado) sobre AEADE (una empresa dedicada al arbitraje) y de la Corte de Arbitraje Económico de Derecho y Equidad (empresa que comercializa el PNAG). Aparte de otros interesantes asuntos relacionados con el arbitraje, vuelve sobre las sospechas que ya he citado. Habla luego de la inutilidad del arbitraje en asuntos de arrendamiento, por haberse derogado la posibilidad de sometimiento a arbitraje, al entender que "corresponde a la justicia ordinaria, con carácter exclusivo, el conocimiento de las demandas de desahucio". O sea, invalida cualquier arbitraje, privado o público, en este sentido.

Por si fuera poco, nos cuenta que la Seguridad Social embarga a la Corte... por deuda de 84.000 euros.

Caray, más comentarios sobre la Garantía de alquiler...

Nota: las personas jurídicas (empresas/sociedades/...) "Corte de Arbitraje Económico de Derecho y Equidad" y "PNAG" parecen ser la misma, en realidad. "PNAG" se usa, en distintas fuentes, bien como nombre de empresa, bien como producto comercializado por cualquiera de las empresas anteriores.


En relación con el arbitraje de AEADE hay otro post, donde cuento qué pasó cuando ofrecía éste como punto de vista alternativo a un artículo de otro blog.